Tengo que ocuparme de los certificados emitidos por la oficina postal suiza en tokens USB. Allí entregan dos certificados en el mismo token. En sus campos de uso previsto, uno tiene "no repudio" y el otro "firma digital".X509: Cuál es la diferencia entre firma digital y no repudio
Ahora, no puedo entender cuál es la diferencia práctica entre los dos: siempre he visto ambos en el mismo certificado, nunca dos certs para la misma identidad, cada uno con uno de los roles. De hecho, no puedo imaginar un escenario en el que el no repudio y la firma digital no sean lo mismo, para todos los asuntos prácticos, la misma cosa.
¿Alguien podría explicarme cuál es la diferencia, por favor? Y si tuvieras una sugerencia sobre en qué situación uno debería ser elegido sobre el otro, eso ayudaría también.
Hmm ... Interesante aclaración, de verdad. Gracias: tiene mucho más sentido cuando se ve así. No estoy seguro de que realmente coincida con la implementación real (porque, bueno, una firma se SUPONGA para hacer un contrato final) pero ciertamente explica la lógica detrás de la bandera. – Stephane
Ahora bajo la regulación de eIDAS, el no repudio recibió un impacto adicional. QES, tal como lo define eIDAS, puede garantizar el no repudio en circunstancias definidas (en resumen: cuando QES se emitió y se aplicó correctamente) Consulte https://www.cryptomathic.com/news-events/blog/is-non-repudiation -realmente-no repudiable –